El gobierno nacional presentó como una gran victoria la sentencia del Tribunal de Apelación de París que le dio la razón frente a la demanda piratesca de Aratirí, pero Uruguay no estaba obligado a someterse y pagar el alto costo de un litigio internacional por el reclamo de los hijos de Pramod Agarwal, el dueño de Zamin Ferrous
Víctor L. Bacchetta EL ZUMBIDO 30/10/26
En el año 2020, tras el anuncio de que un tribunal internacional le había dado la razón a Uruguay frente a la demanda de los herederos de Aratirí por 3.536 millones de dólares, la prensa nacional llegó a decir que el país había ganado cuatro millones de dólares, cuando solo era una devolución por los gastos realizados. No obstante, dos meses más tarde, al conocer el fallo arbitral, supimos que ese litigio le había costado realmente a Uruguay más de 16 millones de dólares.

Hoy se vuelve a anunciar como gran victoria la última sentencia del Tribunal de Apelaciones de París que, tras los recursos planteados por los demandantes, ratificó el fallo de 2020 y permitirá que se cobren los 4.097.149 dólares pendientes, más 300.000 euros por costas judiciales. Sin embargo, aún no sabemos cuánto le costó a Uruguay en viajes y viáticos de funcionarios y contratos de peritos internacionales, la nueva etapa desde 2020 hasta el presente.
Lamentablemente, la inconsistencia de los datos y otros obstáculos oficiales han dificultado el acceso a esa información. En marzo de 2020, el nuevo gobierno del presidente Luis Lacalle Pou mantuvo la reserva declarada por su antecesor Tabaré Vázquez sobre la información del litigio internacional entre Uruguay y los herederos de Aratirí (Caso CPA N°2018-04) y la amplió a los “actos administrativos y gastos en viajes, viáticos, contrataciones y consultorías” (sic).
Que al país le cueste unas decenas de millones de dólares salir airoso contra una demanda de miles de millones de dólares sería justificable, naturalmente, pero el problema es que Uruguay no estaba obligado a comparecer por ese motivo ante un tribunal internacional. Esta cuestión estuvo largamente fundamentada por el doctor Alfredo Caputo (fallecido), exprofesor titular de Derecho Minero en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República (UdelaR).
Al conocer la demanda de Aratirí, Caputo señaló que, por el Artículo 19 del Código de Minería (Decreto Ley N°15242 de 1982), cualquier litigio relacionado con esta actividad debe dirimirse en los tribunales uruguayos. Esta opinión, compartida por la doctora Cecilia Fresnedo de Aguirre, también profesora titular de Derecho Internacional Privado en la UdelaR, consultora nacional e internacional en el tema, ha sido ignorada por sucesivos gobiernos nacionales.
El prosecretario de la Presidencia, Jorge Díaz, declaró que este fallo muestra “la seriedad en la defensa del interés nacional ante demandas internacionales en litigios arbitrales” y que es una demostración de que “Uruguay es un país que brinda certezas jurídicas y respeta los contratos”. Las certezas y el respeto aludidos por Díaz son a los compromisos de los tratados de protección de inversiones extranjeras, incluso pasando por alto las normas propias del país.
A pesar de los esfuerzos del gobierno y de la prensa para justificar este camino y proclamar las supuestas victorias, la firma desde 1987 en adelante de 30 Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) ha obligado a Uruguay a someterse a litigios con los inversores en tribunales internacionales, de donde no se sale sin pérdidas, aún en el caso poco frecuente de ganarlos, porque el país debe pagar sumas millonarias a los bufetes internacionales contratados para defenderlo.
La otra gran victoria de Uruguay en un litigio internacional, en el caso de Philip Morris, el tribunal decidió que a Uruguay se le devolvieron siete millones de dólares por sus gastos, pero el país había gastado10:319.833 dólares. Ese monto incluía los honorarios de los abogados y expertos extranjeros contratados, así como los viajes y viáticos pagados a los funcionarios uruguayos que intervinieron en la defensa jurídica, a un promedio de 1:608.000 dólares por año.
Si en 2020, en el primer fallo del litigio por Aratirí favorable a Uruguay, el reintegro de 4:097.149 dólares le dejó al país un saldo negativo de 12:457.017 dólares, es necesario saber a cuánto asciende ese saldo hoy. Los 300.000 euros anunciados por nuevos costos judiciales, al cabo de más de cinco años de procedimiento arbitral, solo deben cubrir una parte menor. “Veneno dulce”, se titula una bachata moderna, con el estribillo “Me mata… pero lo necesito” (sic). ¿No hay otra salida?
https://elzumbido.uy/2026/10/30/cuanto-le-costo-a-uruguay-aceptar-el-litigio-internacional-con-aratiri/