Los puntos que integran la reparación integral establecida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y que el Estado debe cumplir con todas las víctimas:
Se considera víctima cuando, como resultado de acciones u omisiones, sufren daño físico, mental, sufrimiento emocional, pérdidas económicas, de bienes o de oportunidades, y la imposibilidad de ejercer sus derechos fundamentales como personas.
Si bien las víctimas no constituyen un grupo totalmente homogéneo y difieren en sus necesidades, igualmente fueron violados sus derechos y se les generó daño y sufrimiento por la actuación ilegítima del Estado.
La reparación integral es un derecho fundamental de las víctimas que han sufrido directamente la violencia (1º generación), de las indirectas que por sus lazos familiares sufren también la violencia, y fundamentalmente de la 2º generación, los hijos, porque tuvimos un impacto traumático, social y familiar de grandes dimensiones en la etapa del crecimiento y desarrollo (desde el nacimiento hasta la adolescencia) donde es imprescindible arraigarse para desarrollar y afianzar los afectos y madurar psicológicamente.
La pérdida de derechos y oportunidades en esa etapa de la vida trae consecuencias muchas veces irreversibles como: trastornos de personalidad en el desarrollo, inseguridad, dependencia, pérdida de autoestima, pánicos, fobias, etc.
Cuando un acontecimiento de la historia deja una herida abierta en la sociedad, a través de ella vuelven a presentarse los fantasmas, impidiendo percibir la realidad y avanzar de una manera constructiva.
Es el testimonio insistente de una falla en la justicia, de la “soledad jurídica” que nos encontramos las víctimas cuando algo queda impune. Sobre esa herida, la justicia tiene que dar su fallo reparador para realizar la sutura capaz de hacer cesar la impunidad.
El Sistema Interamericano de Derechos Humano (CIDH) establece que las víctimas de la actuación ilegítima del Estado, tienen derecho a obtener una reparación rápida y eficaz que abarque todos los daños y perjuicios sufridos: Protección y amparo de la justicia, garantías de no repetición y prevención, dignificación y reconocimiento del Estado, rehabilitación, restitución, indemnización.
Reparar significa renovar, reconstruir, disponer nuevamente, enmendar o dejar en buen estado algo que se ha roto o deteriorado.
En este caso, en relación a las víctimas, se trataría de reconstruir la propia existencia, lejos del terror y de la impunidad.
Sin embargo, está claro que nos resulta imposible borrar la agresión y el daño causado y volver al estado anterior o al estado que hubiéramos debido estar dentro del seno familiar.
Debe de pensarse entonces en la reparación como un acto simbólico y jurídico a la vez. Si bien una herida no se puede borrar como si no hubiera existido, sí se puede reparar simbólicamente, ofreciendo un reordenamiento de la vida psíquica y social de cada una de las personas que sufrieron algún tipo de violación de sus derechos humanos.
La reparación es “simbólica” porque es algo que la representa ya que jamás se podrá reparar lo irreparable.
Hay que llamar cada cosa por su nombre: Que la verdad y la justicia son simultáneas; que un criminal es un criminal; que un Estado responsable “es responsable”; y que una víctima es una víctima.
Aclarado esto, hay una indispensable Fuerza Simbólica Reparatoria.
Si llegara a quedar afuera, un grupo de víctimas afectadas, o la reparación no se ajustara a los estándares internacionales, no es reparación integral. (El Estado está en el límite de tiempo para cumplir con la normativa)
1) Protección y amparo de la justicia
Si bien se ha avanzado algo en este punto es necesario que el Estado anule la Ley de Caducidad. La ley no se consulta, se aplica.
Es inconstitucional desde su nacimiento violando todas las normativas internacionales. Se debe investigar para saber la verdad, el juicio y castigo a los culpables repara parte del daño y acota el dolor de la impunidad. Igualmente es importante destacar que si bien el castigo no anula el crimen, sí impide que se siga cometiendo y permite a la sociedad y a las víctimas salir de ese estado dañino y doloroso que la impunidad genera.
(La Ley de Caducidad debió ser anulada por el primer gobierno del FA, sin plebiscitos, ya que es inconstitucional. De todas maneras, muchos dirigentes de sectores del FA, no apoyaron los plebiscitos)
2) Garantías de no repetición
El Estado debe dar una disculpa pública a toda la sociedad, o por lo menos, a todas las víctimas, y debe dar las garantías de que nunca más se repetirán los hechos del pasado, tomando las medidas de prevención necesarias.
(Debería haberse hecho, por convicción, en el primer gobierno de izquierda, junto con la anulación de la ley de impunidad)
3) Dignificación y reconocimiento del Estado
Reconocer la dignidad de las víctimas y hacerlas a todas visibles.
No es admisible que el Estado tome como referente solo a una pequeña parte, esto no le hace bien a nadie y queda ante la sociedad como que el daño causado le pasó solo a un reducido grupo. Todos debemos ser vistos y escuchados por igual, porque se está generando un nuevo daño cuando se crea la sensación que se mide el dolor.
Se genera un choque entre la legítima expectativa de la víctima y la realidad institucional.
4) Rehabilitación
COSAMEDDHH atiende la salud mental ofreciendo asistencia social, psiquiatras y psicólogos, también está el Dr. Gustavo Carbone para medicina general en el Hospital Maciel.
Eso está bien, pero de todas formas hay mucho para corregir, ya que obtener fechas para especialistas, estudios o exámenes lleva muchísima espera debido a la sobrecarga en Salud Pública y a la “burocracia” o desorganización existente, lo que hace que la persona se vea obligada a recurrir a otro lado o desista de atenderse.
Hay que tener en cuenta que a los beneficiarios de esta ley que poseen cobertura privada (mutualista) no se le da medicación ni puede hacerse ningún tipo de estudio o análisis. (Como usuaria de COSAMEDDHH, veo que está muy lejos de rehabilitar a las víctimas)
5) Restitución
Aunque es notorio que se ha está haciendo algo al respecto, es imposible restituir lo que se ha perdido y que la víctima quede en la misma condición que estaba antes.
6) Indemnización
Significa cubrir los daños y perjuicios psíquicos y morales, así como la pérdida de oportunidades, los daños materiales, los ataques a la reputación y los gastos de asistencia jurídica.
Este punto está en una situación similar a la dignificación.
El monto ofrecido a los familiares de asesinados políticos es por núcleo familiar, un monto de 150.000 unidades indexadas = 50.000 dólares aproximadamente.
Esto es dividido en partes iguales entre todos los familiares que se presenten (padres, cónyuge, hijos, nietos, hermanos, etc.) y está muy lejos de lo que marca la CIDH.
Lo poco que se ha logrado hasta ahora en violaciones a los DDHH no es por voluntad del Estado, sino gracias al esfuerzo, perseverancia y la presión ejercida por las organizaciones de DDHH, organizaciones sociales y sindicales, algunos periodistas, abogados, jueces, fiscales y ciudadanos que están dejando la vida por la memoria histórica, la verdad y la justicia.
También gracias a la familia Gelman que tuvo la posibilidad de presentar la denuncia ante la CIDH.
El 21 de marzo se cumplirá con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, quien exhortó al Estado uruguayo a realizar un acto público de reconocimiento de los crímenes de la dictadura cívico militar.
El mismo deberá asumir con responsabilidad y claridad el tema, y pedir perdón a todas las víctimas, no solo a la familia Gelman.
Habrá que estar atentos al tema y a la redacción de la declaración pública. No se trata de un cumplimiento meramente formal, sino de un hecho que debería establecer con claridad que lo que ocurrió, nunca más volverá a ocurrir.
ABECEDARIO:
MEMORIA = No olvidar, recordar siempre para que nunca más se vuelva a repetir y para trasladar a las siguientes generaciones la verdadera historia de nuestro pueblo.
No podemos creer en la teoría de los dos demonios, ni en una guerra. Las dictaduras fueron un plan apoyado por los EE.UU. que abrazó a todo el Cono Sur.
VERDAD = Debemos saber toda la verdad sobre los uruguayos desaparecidos. ¿Donde están?
Pero también debemos saber toda la verdad sobre los asesinados políticos, sobre los presos políticos, sobre los niños secuestrados…
¿Quien dio la orden? ¿Quien torturó? ¿Quien secuestró? ¿Quiénes omitieron asistencia en el Hospital Militar? Etc.
Hay que echar luz sobre todas las causas y ayudar a los familiares que por diferentes razones no han podido denunciar. Eso se buscar la verdad.
JUICIO Y CASTIGO = Absolutamente todos deben enfrentar la justicia y ésta debe investigar y castigar a los responsables: oficiales, subalternos y civiles.
NUNCA MÁS = Para esto, se deben cumplir los pasos anteriores. La sociedad debe tener la suficiente conciencia que todo puede volver a repetirse.
Nos debemos unir por sobre cualquier bandera política partidaria y poner cada uno su grano de arena, para aportar a la paz y a una democracia plena.
NO VOY A ASISTIR
El 21 de marzo el Estado pedirá perdón a las víctimas por las violaciones a los DDHH en dictadura.
EN PARTICULAR NO VOY A ASISTIR DE ESTE CIRCO PUERTAS ADENTRO
Lo hacen porque están obligados por la CIDH en el caso Gelman, no porque así lo sientan.
Sigo exigiendo una VERDADERA reparación integral a todas las víctimas, así también lo marca la CIDH.
No olvido, no perdono y no me reconcilio con asesinos y sus cómplices.
Verdad, Juicio y Castigo!!!
Nada más ni Nada menos.
Marys Yic
Febrero 2012
INDDHH: una herramienta para avanzar
En las próximas semanas el Parlamento habrá de elegir a quiénes integrarán el directorio de la Institución Nacional de DDHH creada en el año 2008 por la Ley 18 446. La misma tendrá, entre sus amplios cometidos, la labor de promover y defender los derechos humanos en el país.
La designación de los integrantes del directorio requiere mayorías especiales por parte de la Asamblea General. Por lo mismo, necesariamente habrá de llevarse a cabo una importante negociación entre los partidos políticos con representación parlamentaria para lograr los votos necesarios.
La libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento explícito de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana como reza la Declaración Universal de DDHH aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 1948.
En un país en el cual la Cámara de Senadores no tiene, aún, una comisión de DDHH, donde la Dirección de DDHH del Ministerio de Educación y Cultura es una unidad administrativa sin mayor peso específico para enfocar su accionar, donde miembros de los tribunales de Apelaciones del Poder Judicial desconocen totalmente fallos vinculantes de la Corte Interamericana de DDHH y el delito de tortura no ha sido incorporado al Código Penal, el establecimiento de un ámbito de esta naturaleza, con cometidos específicos es un debe importante de la democracia uruguaya para afirmar los valores y las prácticas de DDHH.
Como lo indica la experiencia práctica, Uruguay es un país que aún no ha logrado superar cabalmente las heridas, dolores y secuelas del pasado terrorista por parte del Estado.
Conformar una dirección para la Institución Nacional de DDHH que sea una herramienta eficaz y eficiente para promover activamente las temáticas de derechos humanos de una manera integral, abordando todos los aspectos y esferas involucradas, incluso las referidas a un pasado reciente aún pendiente, es un enorme desafío para el sistema político, para todas las organizaciones promotoras y defensoras de los DDHH, el movimiento sindical, la sociedad civil y todo el país.
La Institución Nacional de DDHH debe ser una instancia activamente promotora de los DDHH y no un simple ámbito académico sin incidencia en la realidad del país o un mero espacio burocrático sin pena ni gloria de los tantos que sobreviven en el presupuesto nacional.
La designación de sus integrantes por parte del Parlamento será una clara señal política de compromiso real con los DDHH: la autoridad moral, su reconocimiento público, su identificación con la filosofía y los valores, su conocimiento de la temática, su capacidad de gestión y de actuación, su trayectoria de vida y su compromiso, su valoración positiva de las organizaciones sociales y de sus aportes, su involucramiento personal en la promoción y defensa de los mismos, especialmente en condiciones sociales adversas serán factores a tener en cuenta para lograr un resultado positivo.
Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos ha anunciado públicamente su postulación de la Dra. Mirtha Guianze para integrar la misma. CRYSOL la respalda por su compromiso inclaudicable con la causa de la justicia y la lucha contra la Ley de Caducidad. Varias organizaciones sociales han expresado también su apoyo.
La Dra. Mirtha Guianze reúne las condiciones profesionales y éticas necesarias para integrar la Institución Nacional de DDHH y cuenta con el amplísimo respaldo de la opinión pública. Solamente tendrá el rechazo, obviamente, de los actores sociales y políticos vinculados, por acción u omisión, con el legado negativo del pasado reciente. Su designación por parte del Parlamento será un claro termómetro del verdadero compromiso con los DDHH y de la voluntad de marchar como sociedad hacia un país de primera.
CRYSOL:
opinando AÑO 1 nº 8 -27/2712